CÉDULA DE HABITABILIDAD
¿Qué es la Cédula de Habitabilidad?
La Cédula de Habitabilidad es el documento que reconoce el cumplimiento de una vivienda de la normativa de Habitabilidad y además tiene por objeto comprobar la adecuación de la obra ejecutada al proyecto para el que fue concedida la licencia municipal de edificación. En la actualidad se conoce como Licencia de Primera o Segunda Ocupación, según se trate de obra nueva o existente. Las empresas suministradoras de energía eléctrica, agua, gas, telecomunicaciones y otros servicios exigen para la contratación con los usuarios finales de los respectivos servicios, la licencia de ocupación. La normativa reguladora es la Ley 3/2004, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación.
¿Cómo se obtiene?
Para obtener esta licencia es necesario el Certificado de Ocupación, ya sea de Primera, Segunda o (en algunos casos) Primera Ocupación Existente.
¿Dónde se presenta?
Se debe presentar en el Ayuntamiento de la localidad donde se sitúa la vivienda.
¿En qué caso se solicita la Cédula de habitabilidad?
– Al finalizar una nueva construcción, se solicita la Licencia de Primera Ocupación.
– Transcurridos diez años desde la obtención de la primera licencia de ocupación será necesaria la renovación de la misma en los siguientes supuestos:
a) Cuando se produzca la segunda o posteriores transmisiones de la propiedad.
b) Cuando sea necesario formalizar un nuevo contrato de suministro de agua, gas o electricidad.
– En los casos de edificaciones existentes que no dispusieran con anterioridad de la licencia municipal de ocupación, siempre será necesaria la obtención de la misma en los supuestos señalados en los apartados a) y b) del apartado anterior.
– Siempre que se ejecuten obras de ampliación o reforma que afecten a la estructura, al uso, a la composición estética exterior o a la volumetría, y cuando se intervenga en obras catalogadas o protegidas, será preceptiva la obtención de la licencia de ocupación, con independencia del tiempo transcurrido desde la obtención de la anterior en su caso.
El documento necesario en caso de solicitar una Licencia de Ocupación en un edificio existente es el Certificado de Segunda Ocupación , cuando exista una Cédula de Habitabilidad otorgada con anterioridad, y el Certificado de Primera Ocupación Existente, cuando no exista dicha Cédula.